ACTIMEL provee al organismo una bacteria llamada L.CASEI.
Esta sustancia es generada normalmente por el 98% de los organismos, pero cuando se le suministra externamente por un tiempo prolongado, el cuerpo deja de elaborarla y paulatinamente 'olvida' que debe hacerlo y cómo hacerlo, sobre todo en personas menores a 14 años.
En realidad, surgió como un medicamento para esas pocas personas que no lo elaboraban, pero ese universo era tan pequeño que el medicamento resultó no rentable; para hacerlo rentable se vendió su patente a empresas alimenticias.
Secretaría de Salud obligó a ACTIMEL (La Serenísima) a indicar en su publicidad que el producto no debe consumirse por un tiempo prolongado; y cumplieron, pero en una forma tan sutil que ningún consumidor lo percibe (ej: 'desafío actimel: consúmalo durante 14 días' o 'haga de agosto su actimel').
Una madre que decide completar su dieta con ACTIMEL, no percibe ningún aviso sobre su inconveniencia y por consecuenta no ve que puede estar haciendo un daño importante a futuro a causa de las manipulaciones publicitarias para impulsar los negocios.
Hay un PROYECTO DE LEY del diputado nacional RAUL PATRICIO SOLANAS (PJ - Entre Ríos)
en la página de la Cámara de Diputados de la Nación (http://www.diputados.gov.ar/):
Iniciado: Diputados Expediente: 1405-D-2007
… lamentable!!! Pancho Ibáñez, la próxima vez pregunta para quien vas a trabajar o que producto publicitas, si necesitas unos mangos te presto, total ya pasaron de moda… pero esa, esa es otra historia…
6 comentarios:
Gra,gra,gracias por la info.
Usted esta en todo.Hasta en la cocina.
Madre desinformada.
Soy Ingeniera en Alimentos y quería opinar acerca del proyecto de ley 1405-D-2007 "BACTERIA "L CASEI DEFENSIS": OBLIGATORIEDAD DE INCLUIR UNA LEYENDA EN PRODUCTOS ALIMENTICIOS DE CONSUMO HUMANO, ADVIRTIENDO SUS CONTRAINDICACIONES"
Para acceder al proyecto de ley 1405-D-2007: http://www1.hcdn.gov.ar/proyxml/expediente.asp?fundamentos=si&numexp=1405-D-2007
En primer lugar, quiero aclarar que esto no pretende ser una defensa o un ataque al producto ACTIMEL en sí mismo, ni de los recursos publicitarios utilizados por la empresa elaboradora.
Un alimento que provee L. Casei Defensis se conoce como alimento funcional, hacia el final de este comentario hay información acerca de este tipo de alimentos.
Lo importante es que ningún organismo elabora bacterias, es decir, no las genera, simplemente éstas se hospedan en nuestro intestino, su incorporación
es siempre externa. La forma externa de incorporarlo podría ser a través de un alimento (ej. ACTIMEL). Hay otros alimentos que proveen este tipo de bacterias YAKULT, SANCOR BIO, etc.
Todos alimentos son aprobados por las autoridades sanitarias competentes en el lugar donde está instalada la planta elaboradora. De ninguna manera podemos considerar que los alimentos a los que se refiere el proyecto de ley 1405-D-2007, son medicamentos, de ser así la autoridad sanitaria interviniente no le hubiera otorgado un RNPA (Registro Nacional de Producto Alimenticio).
Entendiendo que la intención del proyecto de ley 1405-D-2007 es "frenar" la publicidad de cierta manera "engañosa" de los "mágicos" efectos de estos alimentos;
este control sobre la información sobre los alimentos difundida en cualquier medio de comunicación está contemplado en la Disposición 4980/2005 de la
Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT). En mi opinión lo que actualmente ocurre es que no se aplica con el correspondiente rigor esta disposición.
ALIMENTOS FUNCIONALES:
El colon es uno de los órganos metabólicamente más activos del cuerpo humano, y juega un papel muy importante en la nutrición y en la salud.
Dentro los distintos componentes de la microflora colónica se encuentran algunas bacterias (bifidobacterias y lactobacilos) que impiden el crecimiento de bacterias nocivas para la salud humana y, por ello, en la actualidad hay un gran interés en mejorar el desarrollo de las bacterias benéficas disminuyendo, así, el crecimiento de las potencialmente patógenas.
NINGÚN ORGANISMO ELABORA BACTERIAS, ES DECIR, NO LAS GENERA, SIMPLEMENTE ÉSTAS SE HOSPEDAN EN NUESTRO INTESTINO. SU INCORPORACIÓN ES SIEMPRE EXTERNA.
Durante la vida intrauterina, la luz intestinal permanece estéril pero la colonización comienza inmediatamente luego del nacimiento y alcanza una estabilidad duradera hacia el primer año de vida. Dicha estabilidad puede ser alterada durante episodios de infecciones intestinales, tratamientos antibióticos, inmunodeficiencias transitorias o crónicas y en la vejez. La flora intestinal está siempre activa y se renueva aproximadamente cada 48 horas. Un factor externo que incide en la composición de la flora es la dieta y esto es particularmente evidente durante la lactancia.
Existen 3 estrategias alimentarias que promueven el mantenimiento de un equilibrio mas saludable de la microflora intestinal, consistentes en la alteración beneficiosa de su composición, mediante el incremento de las cantidades de bifidobacterias, de lactobacilos o de ambos basadas en la utilización de prebióticos, probióticos y simbióticos.
Los probióticos son microorganismos vivos reconocidos como habitantes normales del intestino humano que, al ser ingeridos, potencian las propiedades de la flora intestinal y contribuyen a mejorar la salud. Las bacterias probióticas suelen vehiculizarse a través de los lácteos, específicamente mediante las leches fermentadas y los yogures rotulados con "probio", "GG" y "biopuritas". La FDA los reconoce como ingredientes seguros para los cuales no es necesario establecer limites máximos permitidos en alimentos.
Los prebióticos son ingredientes alimentarios (hidratos de carbono no digeribles) que poseen un efecto favorable sobre la flora intestinal ya que estimulan selectivamente el crecimiento de bacterias benéficas.
Los simbióticos son la combinación de pre y probióticos.
Tanto los prebióticos como los probióticos son considerados alimentos funcionales, y se definen, como aquellos alimentos que contienen un componente, sea o no un nutriente, que afecta una o varias funciones del organismo en forma específica y positiva, promoviendo un efecto fisiológico que va más allá de su valor nutritivo tradicional. La función de los mismos es mantener o mejorar el estado de salud y bienestar y reducir el riesgo de padecer enfermedades.
Ingeniera, primero quiero decirle que me honra con su comentario y se lo agradezco.
Ahora bien, por lo que explica, ningún organismo puede generar bacterias, por lo que seria mentira que “esta sustancia es generada normalmente por el 98% de los organismos, pero cuando se le suministra externamente por un tiempo prolongado, el cuerpo deja de elaborarla” (como dice lo publicado el lunes 10 de marzo de 2008, bajo el titulo “DECILE NO AL ACTIMEL” del presente Blog), lo que no me queda claro, es porque el proyecto de ley 1405-D-2007 OBLIGA INCLUIR UNA LEYENDA EN PRODUCTOS ALIMENTICIOS DE CONSUMO HUMANO, ADVIRTIENDO SUS CONTRAINDICACIONES", (productos que contengan la BACTERIA "L CASEI DEFENSIS").
Si es beneficiosa la bacteria en cuestión, que contraindicación tendría? Lo que Ud. supone en su comentario es que esta ley fue creada para "frenar" la publicidad de cierta manera "engañosa".
Yo aprendí que todas las publicidades o vendedores “ocultan o exageran la verdad”, por lo cual si existe una ley que frene este tipo de publicidades, esta bien, pero de ahí a “REDACTAR” una ley que dice “ADVIRTIENDO SUS CONTRAINDICACIONES”, me parece que hay una gran diferencia.
El punto es: o los alimentos con la bacteria L CASEI DEFENSIS tiene contraindicaciones por el consumo regular o la Ley esta mal redactada…?
Si puede responderme a esto se lo agradeceré y publicare su comentario en el Blog retractando de esta forma mi publicación anterior, si no, le agradezco de todas maneras por el tiempo que se tomo.
El 19/03/08 la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) informó acerca de productos que contienen lactobacillus casei
En referencia a notas periodísticas aparecidas en el día de la fecha referidas a la inquietud surgida por parte del Defensor del pueblo de la Provincia de Formosa sobre el supuesto efecto nocivo de productos que contienen lactobacillus casei, la ANMAT informa:
1. No existe ninguna prueba científica que avale la afirmación de que el Lactobacillus Casei sea nocivo para la salud. Por el contrario, existe frondosa literatura científica que sostiene que es benéfico. En ese sentido, la ANMAT oportunamente ha publicado en su página Web información al respecto http://www.anmat.gov.ar/consumidores/alimentos/Alimentos_Funcionales_Probioticos.pdf
2. Además de la opinión de sus propios especialistas, esta Administración ha consultado al Centro de Referencia para Lactobacilos (CERELA-CONICET), que es el principal Instituto de Investigación en esta área en el país. Cabe aclarar que no existe ninguna hormona en ningún ser viviente que produzca bacterias, por lo cual es absolutamente imposible que la ingesta de un alimento conteniendo una bacteria inhiba una supuesta hormona capaz de producir “naturalmente” esa bacteria en el organismo humano. Para mayor información puede consultarse la página Web de CERELA www.cerela.org.ar
3. Los productos aludidos se encuentran todos aprobados para la comercialización por las autoridades jurisdiccionales competentes.
4. El Lactobacilo Casei y otros lactobacilos, forman parte de un gran número de productos lácteos y otros alimentos.
5. Las objeciones de la ANMAT para las marcas ACTIMEL y ACTIVIA están relacionadas con las formas publicitarias que adoptan las empresas elaboradoras de esos productos, ya que – a entender de este Organismo- no se ajustan adecuadamente a las normas del Código Alimentario Argentino (CAA).
6. En relación al punto anterior –publicidad de alimentos-, las actuales autoridades de la ANMAT están revisando las disposiciones vigentes a fin de introducir modificaciones que eviten ambigüedades en la interpretación de las normas y permitan cumplir cabalmente con el espíritu de CAA.
joElSax,
"BACTERIA "L CASEI DEFENSIS": OBLIGATORIEDAD DE INCLUIR UNA LEYENDA EN PRODUCTOS ALIMENTICIOS DE CONSUMO HUMANO, ADVIRTIENDO SUS CONTRAINDICACIONES" es un proyecto de ley, por suerte!
Como veras en el comentario anterior la ANMAT dice que no existe ninguna prueba científica que avale la afirmación de que el Lactobacillus Casei sea nocivo para la salud. Por el contrario, existe frondosa literatura científica que sostiene que es benéfico.
Para ser bien clara proyecto de ley 1405-D-2007 carece de fundamento técnico (dicho en términos menos elegantes...es una burrada)
Saludos de la Ingeniera en Alimentos
Creo que todo lo que consumimos nos hace mal, porque a la larga o a la corta terminan descubriendo que nos da cancer o cualquier otra enfermedad. Todo es cuestion de tiempo.
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